Los recursos del Fondo estarán constituidos por: a) las contribuciones voluntarias de las Partes; b) los recursos financieros que la Conferencia General de la UNESCO asigne a tal fin; c) las contribuciones, donaciones o legados que puedan hacer otros Estados, organismos y programas del sistema de las Naciones Unidas, organizaciones regionales o internacionales, entidades públicas o privadas y particulares; d) todo interés devengado por los recursos del Fondo; e) el producto de las colectas y la recaudación de eventos organizados en beneficio del Fondo; f) todos los demás recursos autorizados por el Reglamento del Fondo. La UNESCO empodera a los jóvenes de Gaza a través del Fondo 2. La denuncia se notificará por medio de un instrumento escrito, que se depositará ante el Director General de la UNESCO. Nombrada en 2018 como la organización más innovadora del mundo, según Fast Company, en su ADN tiene una de las claves para su éxito: “La compañía más innovadora también tiene que ser la más diversa. IV. Building on an analysis of studies conducted across the world in 2020, this study examines the economic impact consequences of the pandemic on the cultural and creative industries. Declaración adoptada por la trigésima primera reunión de la Conferencia General de la UNESCO sobre Diversidad Cultural en 2001. Artículo 1 – Objetivos. Las Partes procurarán también que se reconozca la importante contribución de los artistas, de todas las personas que participan en el proceso creativo, de las comunidades culturales y de las organizaciones que los apoyan en su trabajo, así como el papel fundamental que desempeñan, que es alimentar la diversidad de las expresiones culturales. Diversidad cultural 1. Las contribuciones al Fondo no podrán estar supeditadas a condiciones políticas, económicas ni de otro tipo que sean incompatibles con los objetivos perseguidos por la presente Convención. Declaración Universal de la UNESCO sobre la Diversidad Cultural En numerosos foros internacionales, los representantes de los pueblos indígenas del mundo han expresado su interés por aquellos instrumentos nacionales e internacionales que permitan el efectivo cumplimiento de los derechos culturales. Ante la ardua tarea de organizar a los participantes del sector, actualmente el Gobierno de Yucatán implementa una política basada en la identificación del talento y de la creatividad de la mano del Fondo Internacional para la Diversidad Cultural (FIDC) de la Convención de 2005 de la UNESCO sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales, a través del proyecto … La “interculturalidad” se refiere a la presencia e interacción equitativa de diversas culturas y la posibilidad de generar expresiones culturales compartidas, adquiridas por medio del diálogo y de una actitud de respeto mutuo. Según UNESCO, “la diversidad cultural es tan necesaria para el género humano como la diversidad biológica para los organismos vivos”. Declaración de la UNESCO relativa a la destrucción intencional del patrimonio cultural (2003); Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas (2007). Las “expresiones culturales” son las expresiones resultantes de la creatividad de personas, grupos y sociedades, que poseen un contenido cultural. [1] Otro de los objetivos del presente informe el acuerdo de los Estados Miembros de la UNESCO, una auténtica investigación mundial sobre la diversidad cultural, tarea que habría necesitado recursos mucho más amplios que los asignados a este informe, pero que algún día podría realizar el Observatorio Mundial sobre la Diversidad Cultural, cuya creación se propone en el presente documento. Si el Presidente de la Comisión de Conciliación no hubiera sido designado por ésta dentro de los dos meses siguientes al nombramiento del último miembro de la Comisión, el Director General de la UNESCO, a instancia de una de las Partes, procederá a su designación en un nuevo plazo de dos meses. endobj Estos programas e iniciativas tienen un impacto directo en el ODS 4 (Educación de calidad), ODS 9 (Industria, Innovación e Infraestructura) y ODS 11 (Ciudades y Comunidades Sostenibles). La presente Convención entrará en vigor tres meses después de la fecha de depósito del trigésimo instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión, pero sólo para los Estados o las organizaciones de integración económica regional que hayan depositado sus respectivos instrumentos de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión en esa fecha o anteriormente. Subrayando la función esencial de la interacción y la creatividad culturales, que nutren y renuevan las expresiones culturales, y fortalecen la función desempeñada por quienes participan en el desarrollo de la cultura para el progreso de la sociedad en general. El Comité Intergubernamental, de conformidad con su Reglamento, podrá invitar en todo momento a entidades públicas o privadas y a particulares a participar en sus reuniones para consultarlos sobre cuestiones específicas. La “diversidad cultural” se refiere a la multiplicidad de formas en que se expresan las culturas de los grupos y sociedades. Las Partes se comprometen a promover los objetivos y principios de la presente Convención en otros foros internacionales. Corresponderán a la Conferencia de las Partes, entre otras, las siguientes funciones: a) elegir a los miembros del Comité Intergubernamental; b) recibir y examinar los informes de las Partes en la presente Convención transmitidos por el Comité Intergubernamental; c) aprobar las orientaciones prácticas que el Comité Intergubernamental haya preparado a petición de la Conferencia; d) adoptar cualquier otra medida que considere necesaria para el logro de los objetivos de la presente Convención. En caso de controversia acerca de la interpretación o aplicación de la presente Convención, las Partes procurarán resolverla mediante negociaciones. Según UNESCO, “la diversidad cultural es tan necesaria para el género humano como la diversidad biológica para los organismos vivos”. 1. La diversidad cultural se manifiesta no sólo en las diversas formas en que se expresa, enriquece y transmite el patrimonio cultural de la humanidad mediante la variedad de expresiones culturales, sino también a través de distintos modos de creación artística, producción, difusión, distribución y disfrute de las expresiones culturales, cualesquiera que sean los medios y tecnologías utilizados. Reconociendo la importancia de los derechos de propiedad intelectual para sostener a quienes participan en la creatividad cultural. Diversidad cultural y educación. La diversidad cultural es una gran riqueza para las personas y las sociedades. Además, la Asamblea General de las Naciones Unidas declaró el 21 de mayo como el Día Mundial de la Diversidad Cultural para el Diálogo y el Desarrollo, a través de su resolución 57/249 de diciembre de 2002. De conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y los principios del derecho internacional, los Estados tienen el derecho soberano de adoptar medidas y políticas para proteger y promover la diversidad de las expresiones culturales en sus respectivos territorios. 3. Cuando una Parte aplique políticas y adopte medidas para proteger y promover la diversidad de las expresiones culturales en su territorio, tales políticas y medidas deberán ser coherentes con las disposiciones de la presente Convención. 2. Los trece capítulos que componen este libro ofrecen un documentado análisis del campo de Educación Superior y Pueblos Indígenas y Afrodescendientes en América Latina. 1. 3. En el caso de BBVA, asegurar un entorno de trabajo diverso en el sentido más amplio del término permite adaptarse mejor a las necesidades del conjunto heterogéneo de clientes y ofrecer un servicio más completo. Las “políticas y medidas culturales” se refieren a las políticas y medidas relativas a la cultura, ya sean éstas locales, nacionales, regionales o internacionales, que están centradas en la cultura como tal, o cuya finalidad es ejercer un efecto directo en las expresiones culturales de las personas, grupos o sociedades, en particular la creación, producción, difusión y distribución de las actividades y los bienes y servicios culturales y el acceso a ellos. PRESENTACIÓN F. Javier García Castaño y Niña Kressova INTERROGANDO LA INTERCULTURALIDAD: LOCALIZACIONES Y DISCURSOS (DE)COLONIALES. 2. /Filter /DCTDecode Se encontró adentroEs el caso de la Unesco, que recoge este concepto en la Declaración Universal sobre la Diversidad Cultural (Unesco, 2001), de la Convención sobre la ... Artículo 14 - Cooperación para el desarrollo. IDENTIDAD, DIVERSIDAD Y PLURALISMO. Artículo 1: La diversidad cultural, patrimonio común de la humanidad . /Length 7 0 R Building on an analysis of studies conducted across the world in 2020, this study examines the economic impact consequences of the pandemic on the cultural and creative industries. Queda establecido un Fondo Internacional para la Diversidad Cultural, denominado en adelante “el Fondo”. 2. Teniendo en cuenta la importancia de la vitalidad de las culturas para todos, especialmente en el caso de las personas pertenecientes a minorías y de los pueblos autóctonos, tal y como se manifiesta en su libertad de crear, difundir y distribuir sus expresiones culturales tradicionales, así como su derecho a tener acceso a ellas a fin de aprovecharlas para su propio desarrollo. Su mandato fue reafirmado en la Declaración Universal sobre la Diversidad Cultural 2001. La elección de los miembros del Comité Intergubernamental deberá basarse en los principios de la representación geográfica equitativa y la rotación. 4. 5. /Height 72 3. %PDF-1.2 Porque los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible se pueden alcanzar si se aprovechan los valores y la creatividad de las distintas culturas del mundo. 2. Las actividades culturales pueden constituir una finalidad de por sí, o contribuir a la producción de bienes y servicios culturales. Éste transmitirá la comunicación a todas las demás Partes. Cuando los Estados adopten medidas para respaldar la diversidad de las expresiones culturales, procurarán promover de manera adecuada una apertura a las demás culturas del mundo y velarán por que esas medidas se orienten a alcanzar los objetivos perseguidos por la presente Convención. 6. a) proporcionarán cada cuatro años, en informes a la UNESCO, información apropiada acerca de las medidas que hayan adoptado para proteger y promover la diversidad de las expresiones culturales en sus respectivos territorios y en el plano internacional; b) designarán un punto de contacto encargado del intercambio de información relativa a la presente Convención; c) comunicarán e intercambiarán información sobre la protección y promoción de la diversidad de las expresiones culturales. Principio de igual dignidad y respeto de todas las culturas. La Convención sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales, conocida también como Convención para la Diversidad Cultural, es un convenio de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) aprobado el 20 de octubre de 2005 en París durante la Conferencia General de la Unesco. 2. Adoptada por la 31a reunión dela Conferencia Generaldela UNESCO, París, 2 de noviembre de 2001. Reforzar las capacidades de creación y de difusión a escala mundial. La identidad cultural y la diversidad cultural son indisociables, y el reconocimiento de múltiples identidades culturales allí donde coexisten diversas tradiciones constituye la esencia misma del pluralismo cultural. /ColorSpace /DeviceRGB 7. Ninguna disposición de la presente Convención podrá interpretarse como una modificación de los derechos y obligaciones de las Partes que emanen de otros tratados internacionales en los que sean parte. Sólo se podrá proteger y promover la diversidad cultural si se garantizan los derechos humanos y las libertades fundamentales como la libertad de expresión, información y comunicación, así como la posibilidad de que las personas escojan sus expresiones culturales. Toda Parte en la presente Convención podrá proponer enmiendas a la misma mediante comunicación dirigida por escrito al Director General. Porque nosotros sabemos que las nuevas ideas provienen de maneras diversas de ver las cosas”. La diversidad de la cultura se manifiesta en la originalidad y pluralidad de las identidades que caracterizan a las sociedades y … Los bancos del Grupo en los diferentes países han promovido la cultura local a través de una gran diversidad de actividades, reorientando muchas de ellas a un formato online para continuar garantizando el acceso a la cultura pese a las difíciles circunstancias provocadas por la pandemia. Objetivos y principios rectores. La utilización de los recursos del Fondo por parte del Comité Intergubernamental se decidirá en función de las orientaciones que imparta la Conferencia de las Partes mencionada en el Artículo 22. Artículo 7 - Medidas para promover las expresiones culturales. UNESCO. Encomiando la importancia de la diversidad cultural para la plena realización de los derechos humanos y libertades fundamentales proclamados en la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros instrumentos universalmente reconocidos. La presente Convención estará sujeta a la ratificación, aceptación, aprobación o adhesión de los Estados Miembros de la UNESCO, de conformidad con sus respectivos procedimientos constitucionales. %���� 1. El Fondo estará constituido por fondos fiduciarios, de conformidad con el Reglamento Financiero de la UNESCO. El desarrollo es un mito moderno de Occidente. Sobre todo es crecimiento económico desigual, pero nuestro modo de vida no es el único ni el mejor. Para facilitar el acopio de información, la UNESCO prestará una atención especial a la creación de capacidades y competencias especializadas en las Partes que formulen una solicitud de ayuda a este respecto. De la diversidad cultural al pluralismo cultural. Derechos y obligaciones de las partes. Reconociendo que los acuerdos internacionales vinculan asimismo a las Partes, independiente-mente de sus sistemas constitucionales, se aplicarán las siguientes disposiciones a las Partes que tengan un régimen constitucional federal o no unitario: a) por lo que respecta a las disposiciones de la presente Convención cuya aplicación incumba al poder legislativo federal o central, las obligaciones del gobierno federal o central serán idénticas a las de las Partes que no son Estados federales; b) por lo que respecta a las disposiciones de la presente Convención cuya aplicación sea de la competencia de cada una de las unidades constituyentes, ya sean Estados, condados, provincias o cantones que, en virtud del régimen constitucional de la federación, no estén facultados para tomar medidas legislativas, el gobierno federal comunicará con su dictamen favorable esas disposiciones, si fuere necesario, a las autoridades competentes de la unidades constituyentes, ya sean Estados, condados, provincias o cantones, para que las aprueben. Esta dirección de internet dejará de estar disponible próximamente debido a la migración de contenidos hacia el nuevo sitio web. 4. Artículo 11 - Participación de la sociedad civil. Los objetivos de la presente Convención son: a) proteger y promover la diversidad de las expresiones culturales; b) crear las condiciones para que las culturas puedan prosperar y mantener interacciones libremente de forma mutuamente provechosa; c) fomentar el diálogo entre culturas a fin de garantizar intercambios culturales más amplios y equilibrados en el mundo en pro del respeto intercultural y una cultura de paz; d) fomentar la interculturalidad con el fin de desarrollar la interacción cultural, con el espíritu de construir puentes entre los pueblos; e) promover el respeto de la diversidad de las expresiones culturales y hacer cobrar conciencia de su valor en el plano local, nacional e internacional; f) reafirmar la importancia del vínculo existente entre la cultura y el desarrollo para todos los países, en especial los países en desarrollo, y apoyar las actividades realizadas en el plano nacional e internacional para que se reconozca el auténtico valor de ese vínculo; g) reconocer la índole específica de las actividades y los bienes y servicios culturales en su calidad de portadores de identidad, valores y significado; h) reiterar los derechos soberanos de los Estados a conservar, adoptar y aplicar las políticas y medidas que estimen necesarias para proteger y promover la diversidad de las expresiones culturales en sus respectivos territorios; i) fortalecer la cooperación y solidaridad internacionales en un espíritu de colaboración, a fin de reforzar, en particular, las capacidades de los países en desarrollo con objeto de proteger y promover la diversidad de las expresiones culturales.
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